Pensión por Vejez

Es el beneficio que recibes por la pérdida o reducción de tu ingreso debido a la llegada de tu edad de retiro.

¿Cuándo se adquiere derecho a una Pensión por Vejez?

  • A

    60 años o más

    Un mínimo de trescientos sesenta (360) meses cotizados, con un fondo que te garantice el 100% de la pensión mínima.

  • B

    55 años o más

    Tener acumulado un fondo que te permita obtener una pensión mayor o igual al 150% de la pensión mínima.

Proceso para solicitar la Pensión por Vejez

  • 1
    Acudir personalmente a nuestras oficinas

    Si cumples con los requisitos de edad y cotizaciones, debes presentarte en nuestras oficinas con:

    1. Documento de identidad vigente

  • 2
    Completar el formulario de “Solicitud de Pensión”

    A ser completado en nuestras oficinas de servicio al cliente.

Modalidades de pago

El pago de la pensión se realiza con el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual (CCI). Como afiliado puedes optar por una de las siguientes modalidades de pago:

  • Renta Vitalicia:

    al traspasar tu saldo a una compañía de seguros adquieres una póliza de seguros donde recibirás el pago de una renta mensual hasta tu fallecimiento, conforme la modalidad o plan de cobertura que selecciones ante la aseguradora. En este caso, las aseguradoras facultadas serán aquellas autorizadas a operar por la Superintendencia de Pensiones.

  • Retiro Programado:

    Recibirás un pago mensual en función del monto acumulado en tu Cuenta de Capitalización Individual y tu expectativa de vida. La AFP te pagará el monto de la pensión hasta que se agote el saldo de tu Cuenta de Capitalización Individual.